SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1479/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1479/2005-R

Fecha: 22-Nov-2005

II.5.

II.5. Revisadas las carpetas de todos los candidatos, el Comité Electoral emitió la Resolución RES. C.E. “No. 014/2004” de 23 de agosto, (fs. 380 a 381)  mediante la cual en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por el Estatuto y Reglamento de Elecciones  resolvió en su artículo único “Inhabilitar al candidato al Consejo de Vigilancia Norman Jiménez Soruco por no cumplir con el requisito establecido por el inc. a) del art. 44 de los Estatutos de COMTECO Ltda. aplicable al caso por lo dispuesto en el art. 60 del mismo Estatuto” (sic); por cuanto de acuerdo a la certificación CERTF. E 027/2004 (fs.383) otorgada por el Gerente de Administración y Finanzas de COMTECO Ltda., se evidencia que Norman  René Jiménez Soruco recién había adquirido la calidad de socio de COMTECO el 16 de julio de 2004, es decir, a la fecha de la convocatoria de 15 de agosto de 2004, no tenía un año de antigüedad conforme lo dispuesto por el art. 44 del Estatuto de la Cooperativa.