SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1623/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1623/2005-R

Fecha: 09-Dic-2005

d)

d) Por nota 269/04 de 29 de julio, Juan Miguel Gonzáles, en su condición de Director Académico del Instituto Normal Superior Simón Bolívar remitió a conocimiento del Directorio el caso del recurrente, por considerar su conducta deficiente en el desempeño de sus funciones educativas, esa instancia remitió los antecedentes al Tribunal Disciplinario, que mediante Resolución 001/2004, de 2 de agosto resolvió iniciar proceso al recurrente, por las faltas de gravedad y extrema gravedad previstas en el incs i) y m) del art. 5 del Reglamento de procesos a docentes y administrativos , señalando audiencia para su declaración para el 12 del mismo mes y año, habiendo el denunciado solicitado se señale nueva audiencia esta fue fijada improrrogablemente para el 16 del mismo mes a horas 15:00, ese mismo día el recurrente solicitó la recusación de uno de los miembros del Tribunal, que en la misma fecha fue rechazada y como quiera que no se presentó a la audiencia se le declaró rebelde, contra esas determinaciones el procesado interpuso recursos no reconocidos en el ordenamiento jurídico que fueron rechazados, puesto que la única apelación que está contemplada en su Reglamento es la apelación contra la resolución final del Tribunal.