SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1623/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1623/2005-R

Fecha: 09-Dic-2005

II.5.

II.5.  Por nota DG/PERS 116/04, de 11 de mayo de 2004 (fs. 42), la responsable de Recursos Humanos del Instituto  Normal Superior Simón Bolívar informó a la Jefe de Primaria que la Unidad de Recursos Humanos al realizar el control de asistencia entró la tarjeta de asistencia del recurrente con dos observaciones correspondientes al 6 y 8 de mayo, indicándose que el referido no se encontraba en las aulas en los horarios de clases asignados, pese a estar la tarjeta debidamente marcada, por lo que se solicitó informe sobre esa situación.

Mediante memorando DAC 104, de 26 de mayo de 2004 (fs. 27), la Directora Académica a.i. del Instituto  Normal Superior Simón Bolívar comunicó al recurrente que debido a la existencia de informes de la Jefatura Primaria y la Oficina de Recursos Humanos, se le entregaba el segundo memorando de llamada de atención por las horas no trabajadas sin goce de haber.