Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1633/2005-R
Fecha: 15-Dic-2005
II.4.
II.4. Por providencia de 28 de mayo de 1999, el Juez de la causa aceptó la proposición de perito presentada por el Banco Sur S.A. y aceptó la ratificación de la personería del nuevo representante legal de esa entidad financiera (fs. 24 vta.), Resolución con la que fue notificada la recurrente y el co ejecutado en una sola diligencia en el tablero judicial el 4 de junio de 1999 (fs. 25 vta.). Con el informe pericial los ejecutados fueron notificados en una sola diligencia el 10 de noviembre de 1999 en el tablero judicial (fs. 28 y vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- es válido y legal declarar la nulidad de un acto procesal cuando éste se ha constituido desconociendo o infringiendo una norma procesal y vulnerando un derecho fundamental o garantía constitucional.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- APROBAR