SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0024/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0024/2005

Fecha: 11-Abr-2005

III.1.

III.1. Antes de ingresar al análisis del recurso formulado, conviene referirse a la observación realizada por el personero del órgano que generó las normas impugnadas, pues afirma que no se ha dado cumplimiento con el requisito de contenido del recurso indirecto de inconstitucionalidad establecido en los preceptos del art. 60.1 de la Ley del Tribunal constitucional (LTC), que impone la mención de la ley, decreto o resolución no judicial cuya inconstitucionalidad se cuestiona, pues las señaladas en el memorial del incidente son inexistentes, aludiendo a los arts. 71.I, 81.IV. incs. a) y b) del DS 25964 modificadas por el art. 2 del DS 26208, ya que el DS 25964 tiene sólo tres artículos, lo cual es cierto; empero, no es menos evidente que el art. 1 del mencionado Decreto, aprueba las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NBSABS), contenidas en 210 artículos y dos anexos y los modelos de pliego de condiciones; en ese sentido, es fácilmente perceptible que el recurso se refiere a los arts. 71.I, 81.IV a) y b) de las NB-SABS, aprobadas por el DS 25964, pues incluso el memorial por medio del que se planteó el incidente las transcribió, por tanto, no es cierto que el recurso carezca de requisitos de contenido, ya que se mencionó de manera inequívoca las normas cuestionadas, por lo que la Comisión de Admisión de este Tribunal Constitucional, mediante AC 609/2004-CA,  admitió el recurso; por lo expuesto, corresponde considerar el fondo del recurso formulado.