SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0024/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0024/2005

Fecha: 11-Abr-2005

III.5.

III.5.   Finalmente, con referencia a la justificación de las normas impugnadas, en los fines y objetivos del procedimiento administrativo de adquisición de bienes y servicios, conviene señalar que, el presente recurso no puede realizar el examen de constitucionalidad de las normas cuestionadas basado en esas premisas, pues sólo puede cumplir el objetivo de contrastar las mismas con el texto de la Ley Fundamental, sus principios y declaraciones y los derechos que consagra, no siendo pertinente analizar la conveniencia o no de los preceptos impugnados.

De los fundamentos expuestos, se debe concluir que, las normas previstas por el art. 81.IV. incs. a) y b) de las NBSABS, aprobado por el DS 25964 y modificado por el art. 2 del DS 26208, al imponer como condición para presentar el recurso de impugnación en el procedimiento administrativo de adquisición de bienes y servicios, la presentación de una garantía, no son contrarias y violatorias de los arts. 7 inc. h), 16.II, 116.X y 229 de la CPE.