SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0389/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0389/2005-R

Fecha: 15-Abr-2005

III.6.

III.6. Por último, corresponde dejar claramente establecido que no existe contraposición o contradicción alguna entre la presente Sentencia y la SC 0024/2005, de 11 de abril, por cuanto esta última, que resolvió el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad planteado por la misma Empresa, vale decir “AMECO Ltda.”, declaró la constitucionalidad de los arts. 71.I y 81.IV de las NBSABS, que el recurrente estimaba eran inconstitucionales, habiéndose los fundamentos limitado a desvirtuar tal afirmación, como emergencia del juicio de constitucionalidad realizado, tal cual es el objeto del referido recurso; mientras que en el presente, se analizaron las vulneraciones a derechos y garantías fundamentales invocados por la Empresa recurrente dentro del proceso de licitación que ha motivado el recurso, estableciéndose que las autoridades recurridas, efectivamente incurrieron en las lesiones denunciadas conforme a los fundamentos precedentemente anotados, en vista de lo cual se otorgó la tutela solicitada. Consecuentemente, lo analizado y resuelto en cada uno de los recursos mencionados, tienen objeto y finalidades diferentes, por lo que lo fundamentado y dispuesto en la presente Sentencia no puede afectar a lo sostenido y determinado en la SC 0024/2005.