Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0389/2005-R
Fecha: 15-Abr-2005
será de exclusiva responsabilidad de la máxima autoridad ejecutiva
El art. 83.IV de las NBSABS prescribe que la decisión de apartarse de la recomendación emitida por la Comisión de Asesoramiento Externo, será de exclusiva responsabilidad de la máxima autoridad ejecutiva o autoridad establecida en el reglamento específico, pudiendo en su caso ser sujeta a la determinación de responsabilidades conforme a la Ley 1178 y sus reglamentos.
- “
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- 50
- únicamente en el caso de objeción a la resolución de adjudicación
- atendiendo o apartándose
- será de exclusiva responsabilidad de la máxima autoridad ejecutiva
- Comisión de Asesoramiento Externo haya recomendado la modificación o revocación del acto objetado y la máxima autoridad ejecutiva o la determinada conforme a la reglamentación específica, no hubiese tomado en cuenta esta recomendación,
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.