SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0807/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0807/2005-R

Fecha: 19-Jul-2005

2°      Declarar la PROCEDENCIA del recurso interpuesto contra los recurridos, por ende, se deja sin efecto el Auto interlocutorio 400/2005, de 5 de mayo y el Auto de Vista 47/2005, de 17 del mismo mes, debiendo el Juez Instructor encargado del control jurisdiccional pronunciar uno nuevo conforme a ley y a los fundamentos de la presente Resolución.