Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0992/2005-R
Fecha: 19-Ago-2005
II.4.
II.4. El 4 de agosto de 2004, el recurrente nuevamente pidió la extinción de la obligación tributaria, así como un pronunciamiento expreso y fundamentado sobre el rechazo a su petitorio (fs. 19); a lo que por decreto de 11 de agosto del mismo año, el recurrido le respondió que este a lo dispuesto por las SSCC 1606/2002-R, de 20 de diciembre y 1506/2003-R, de 24 de octubre, y ocurra ante la autoridad jurisdiccional competente (fs. 20).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Suficiencia del poder notarial
- no podrá ser interpuesta esta acción extraordinaria, mientras no se haya hecho uso de los recursos ordinarios o administrativos y, en caso de haber utilizado los mismos deberán ser agotados
- Fragmento 14
- III.4. El principio del informalismo del procedimiento administrativo
- Fragmento 16
- III.5.1.
- III.5.2.
- (fs. 18)
- (fs. 19)
- III.6.
- 1º REVOCAR