Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0992/2005-R
Fecha: 19-Ago-2005
II.5.
II.5. Por memorial de 25 de octubre de 2004, el recurrente opuso prescripción liberatoria en ejecución del pliego de cargo, por ser el recurrido la autoridad competente, conforme las SSCC 1606/2002-R, 1506/2003-R y 0018/2004, solicitando además la prescripción de la acción administrativa, la extinción de la obligación y la cancelación de las medidas precautorias de anotación preventiva y arraigo (fs. 180 a 182); por respuesta, el 16 de noviembre de 2004, el recurrido emitió decreto por el cual dispuso que el recurrente esté a lo establecido por el art. 56 de la LPA (fs. 21).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Suficiencia del poder notarial
- no podrá ser interpuesta esta acción extraordinaria, mientras no se haya hecho uso de los recursos ordinarios o administrativos y, en caso de haber utilizado los mismos deberán ser agotados
- Fragmento 14
- III.4. El principio del informalismo del procedimiento administrativo
- Fragmento 16
- III.5.1.
- III.5.2.
- (fs. 18)
- (fs. 19)
- III.6.
- 1º REVOCAR