Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1173/2005-R
Fecha: 26-Sep-2005
II.1.
II.1. El 5 de noviembre de 2003, mediante memorial, Raúl Aigner Castellanos, denunció a la recurrente por retardación de justicia, prevista por las normas del art. 249 de la LOJ con relación a lo dispuesto por el art. 154 del CPC, cometida en la etapa de ejecución de sentencia, del proceso ejecutivo que sigue por su mandante Carmen Castellanos contra la Clínica Boston S.R.L., solicitando la realización de una inspección sorpresa al Juzgado a cargo de la recurrente (fs. 1 y 2); a lo que el correcurrido Carlos Morales Alcoreza, Director Distrital del Consejo de la Judicatura, por decreto de 6 de noviembre de 2003, instruyó realizar la inspección solicitada (fs. 3).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- a)
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- Derecho a la seguridad jurídica
- Derecho al debido proceso,
- El derecho a la defensa
- III.2.
- III.3.
- b)
- III.5. La problemática planteada
- III.6.
- III.7.
- III.8.
- III.9.
- III.10.