Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1173/2005-R
Fecha: 26-Sep-2005
II.6.
II.6. Mediante Resolución 068/03, de 12 de diciembre de 2003, el correcurrido Carlos Morales Alcoreza, designó como Tribunal Sumariante, a Lorna Obando B., Nilda Pestañas, además de su persona (fs. 169); instancia que el 14 de enero de 2004, emitió la Resolución de apertura de proceso disciplinario 002/04, por medio de la cual decidió iniciar proceso contra la recurrente, por existir indicios de la comisión de la falta prevista por el art. 40.7 de la LCJ, concordante con el art. 22.II.7 del RPDPJ, y dio apertura al periodo probatorio (fs. 171).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- a)
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- Derecho a la seguridad jurídica
- Derecho al debido proceso,
- El derecho a la defensa
- III.2.
- III.3.
- b)
- III.5. La problemática planteada
- III.6.
- III.7.
- III.8.
- III.9.
- III.10.