SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0062/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0062/2006-R

Fecha: 18-Ene-2006

II.17.

II.17. Por SC 1939/2004-R, de 17 de diciembre (fs. 11 a 18), el Tribunal Constitucional revocó la Resolución del Juez de hábeas corpus con asiento en Challapata, y declaró improcedente el recurso interpuesto por Marcel Williams Arauco Galeas e Hiblin Roxana Zúñiga Gutiérrez contra el Juez recurrido, con los siguientes fundamentos: a) los recurrentes no pueden alegar indefensión, por cuanto voluntaria y deliberadamente provocaron ese estado, pues no obstante estar al tanto del proceso, no intervinieron durante su desarrollo por decisión propia, a más de que el actor pese a tener conocimiento del proceso desde la fase del sumario, no buscó a la abogada defensora para que coadyuve en su defensa; y b) las supuestas irregularidades en las diligencias de notificación practicadas durante el trámite del plenario, no pueden ser analizadas dentro del presente recurso, puesto que tales lesiones están llamadas a ser reparadas por los mismos órganos jurisdiccionales que conocen la causa, a través de los recursos y medios que prevé la ley, y sólo agotados éstos, se podrá acudir ante la jurisdicción constitucional a través del recurso de amparo constitucional.