SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0062/2006-R
Fecha: 18-Ene-2006
III.1.
III.1. El primer punto cuestionado por los actores en la presente problemática referido a la falta de verificación del Juez recurrido del domicilio conocido de sus personas conforme se estableció en las diligencias de policía judicial, ya fue reclamado en el recurso de hábeas corpus que interpusieron los actores contra el mismo Juez y por consiguiente quedó dilucidado por la SC 1939/2004-R, de 17 de diciembre fundamentando -como se tiene anotado- que los recurrentes no podían alegar indefensión por que voluntaria y deliberadamente provocaron ese estado, pues no obstante estar al tanto del proceso, por cuanto participaron en el mismo durante el periodo de la instrucción prestando su declaración indagatoria (fs. 4 y 5), habiendo dejado de intervenir durante su posterior desarrollo, por decisión propia, cuando bien pudieron continuar con su defensa y hacer valer sus derechos dentro del proceso penal que se les siguió.
- Hiblin Roxana Zúñiga Gutiérrez y
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- procedente
- Fragmento 6
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.17.
- 1)
- III.1.
- III.2.
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico (…)
- ese fraude procesal
- III.3.
- debido proceso
- derecho a la defensa
- derecho de acceso a la justicia o tutela judicial efectiva