SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0086/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0086/2006-R

Fecha: 25-Ene-2006

II.3.

II.3. El expediente fue remitido ante la Corte Suprema de Justicia el 20 de mayo de 1997, según se desprende del informe del Abogado Asistente de Sala Plena que cursa de fs. 446 a 449, en él además se afirma que se señalaron las siguientes audiencias de confesión de 17 de noviembre de 1997, suspendida por falta de quorum, 29 de octubre de 1997, suspendida por determinación de la Sala Plena; 26 de enero de 1998, suspendida a solicitud del procesado Celso Rioja (fs. 35); 23 de enero de 2003, suspendida por impedimento de ambos procesados por bloqueo de caminos; de 14 de mayo de 2004, a solicitud de Celso Rioja por enfermedad; de 1 de junio de 2004, por inasistencia de ambos procesados (fs. 448), en esa oportunidad la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia dispuso la citación de los procesados mediante edictos, publicados en un órgano de prensa de amplia circulación, concediendo a los procesados el plazo de diez días para que comparezcan ante ese Tribunal a asumir su defensa, bajo conminatoria de ser declarados rebeldes y contumaces a la ley, ser secuestrados sus bienes y suspensos en el ejercicio de su ciudadanía (fs. 421-422).

         Celso Rioja Sánchez mediante memorial presentado el 17 de marzo de  1999 denunció ante la Corte Suprema de Justicia retardación de justicia, en virtud a que las excepciones previas interpuestas de su parte no habían sido resueltas (fs. 39). Por memorial presentado el 1 de febrero de 2000, solicitó la reincorporación a sus funciones de Vocal de Corte, el pago de sus haberes, bonos, aguinaldos y otros beneficios (fs. 44-45), no constando respuesta a esas solicitudes. Finalmente por memorial presentado el 20 de mayo de 2002 (fs. 46 y vta.) solicitó la declaratoria de prescripción de la acción, solicitud reiterada por memorial presentado el 2 de agosto de 2003 (fs. 52), estas solicitudes fueron resueltas por Auto Supremo de 2 de abril de 2004, que rechazó la solicitud de extinción de la acción penal, disponiendo la prosecución del proceso.