SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0086/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0086/2006-R

Fecha: 25-Ene-2006

III.1. El recurso de amparo. Ámbito de protección

Antes que nada corresponde precisar si la tutela que se invoca en el recurso está dentro del ámbito de protección del recurso establecido por el art. 19 constitucional. En este cometido se tiene que el amparo constitucional instituido en el art. 19.I de la CPE, establece que “Fuera del recurso de hábeas corpus a que se refiere el artículo anterior, se establece el recurso de amparo contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de los funcionarios o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos y garantías de las personas reconocidos por la Constitución y la leyes”; consiguientemente, protege derechos fundamentales y garantías constitucionales.

La jurisprudencia del Tribunal Constitucional, en la SC 1082/2003-R, de 30 de julnio, ha establecido que “(…) una de las notas que caracteriza a todo derecho fundamental, es la de tener la calidad de derecho subjetivo, que faculta a su titular a acudir al órgano jurisdiccional competente, cuando funcionarios públicos o particulares restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir tales derechos. En nuestro país, el legislador constituyente ha instituido el recurso de amparo como un medio de tutela para la eficaz salvaguarda de estos derechos; los cuales, desde un punto de vista moral y político, se consideran básicos para la convivencia humana, creando a su fragua las condiciones necesarias para asegurar el desarrollo de la vida del hombre en libertad, en circunstancias compatibles con la dignidad humana, legitimando y limitando el poder estatal, creando así un marco de convivencia propicio para el desarrollo libre de la personalidad”.

A través del amparo constitucional, se protegen aquellas garantías normativas, la no obligatoriedad de declarar contra sí mismo en materia penal,  la prohibición de vejámenes y torturas; la presunción de inocencia,  la inexistencia de la pena de muerte, infamia y de muerte civil, y la confiscación de bienes como castigo político, etc.