Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0088/2006-R
Fecha: 25-Ene-2006
II.9.
II.9. Mediante memoriales de 18 de abril de 2005, el recurrente presentó queja al Ministro de Defensa Nacional (fs. 102 a 103) y al Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación (fs. 104 a 105), respecto a los extremos demandados en ese recurso. En el expediente no se evidencia respuesta a ninguno de sus memoriales.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- Ernesto Roca Gonzáles, Director de la Escuela Naval Militar, Ramiro Pardo Céspedes, Jefe de Estudios, Waldo Calla Gutiérrez, Jefe de Cuerpo, José Alba Arnés, Director General de Enseñanza de Institutos Navales y Freddy Pozo Rodríguez
- improcedente
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.1.
- II.3.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.1.
- II.8.2.
- II.9.
- III.1.
- III.1.1.
- el derecho a la defensa
- III.1.2.
- III.1.3.
- luego de la debida consideración de las circunstancias atenuantes y agravantes y del expediente
- III.2.
- III.3.
- f),
- III.4.
- 2º