SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1229/2006-R
Fecha: 01-Dic-2006
FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente alega la vulneración de sus derechos a la igualdad, a la seguridad jurídica y la garantía del debido proceso, denunciando que los recurridos rechazaron en forma indebida su solicitud de subdivisión de su bien inmueble de 595 m2, con el ilegal fundamento de que el Reglamento de Zonificación no permite en esa zona la subdivisión de superficies menores de 500 m2, cuando en trámites anteriores se aprobaron subdivisiones con superficies menores, a cuyo efecto interpuso los recursos de revocatoria y jerárquico por silencio administrativo, pero los recurridos no aplicaron correctamente el Reglamento de Zonificación en su art. 7.6.4, denegando la aplicación del Reglamento de Procedimiento Administrativo, basándose en el mismo informe técnico, además de haberse resuelto su recurso jerárquico fuera del plazo establecido por ley. En consecuencia, corresponde determinar en revisión si lo denunciado resulta evidente y si merece la protección que brinda el amparo constitucional.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El amparo constitucional no define derechos ni tutela derechos controvertidos
- De donde resulta que el recurso extraordinario de amparo constitucional no es una instancia procesal o una vía judicial ordinaria de carácter contencioso, para establecer derechos o responsabilidades o definir derechos u obligaciones de las partes involucradas en una controversia
- III.2. La certidumbre con la que debe fallar el juez constitucional
- III.3. Del marco normativo aplicable
- depósitos, pequeña industria, comercio mayorista, apoyo al autotransporte y usos ligados a la microregión.
- de 200 m2 y 10 m de frente para la vivienda individual.
- III.4. Caso examinado
- la superficie mínima dependerá del área en el que se encuentre el terreno, ubicación y delimitación que debe estar previamente demostrado y consolidado, a efectos de establecer la normativa aplicable;
- menos para delimitar o ubicar superficies, dentro de determinada zona o área,
- III.5. Sobre la denuncia de que se pronunció la Resolución del recurso jerárquico fuera del plazo establecido y se incurrió en silencio administrativo positivo
- V. El silencio de la administración será considerado como una decisión positiva, exclusivamente en aquellos trámites expresamente previstos en disposiciones reglamentarias especiales, debiendo el interesado actuar conforme se establezca en estas disposiciones”
- REVOCAR