SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1229/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1229/2006-R

Fecha: 01-Dic-2006

II.3.

II.3. El 17 de agosto de 2005, se notificó al recurrente con la comunicación 1249/05, indicándole de que debe recoger el informe y cancelar la suma de Bs50.- (cincuenta 00/100 bolivianos), según Resolución Municipal 15/97. En la misma fecha, el recurrente interpuso recurso de revocatoria por silencio administrativo, alegando que su petición no fue respondida dentro del plazo de cuatro días, previsto en el art. 73 inc. g) del Reglamento Municipal del Procedimiento Administrativo (fs. 126 a 127). Recurso que fue remitido a Asesoría Legal de la Unidad de Lotes y Proyectos a efectos de elaborar informe técnico (fs. 124 a 125).