Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1275/2006-R
Fecha: 12-Dic-2006
Fragmento 3
Interpone recurso de hábeas corpus contra Freddy Quintana Rueda, Juez Segundo de Ejecución Penal del Distrito Judicial de Santa Cruz y Margoth R. Cardozo de Heredia, Directora del Establecimiento Penitenciario Femenino PC-2, del Centro de Rehabilitación Santa Cruz, solicitando la procedencia del recurso, y se disponga la “inmediata salida del bote de castigo”, declarando la prescripción y extinción de la acción, disponiendo el correspondiente archivo de obrados.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- a)
- improcedencia
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- a) Directora
- personal o por cédula
- sin instruir se notifique al Juez correcurrido en su domicilio particular, pues aún cuando hubiere renunciado éste a su cargo, tenía derecho al conocimiento de la demanda de hábeas corpus que se instauró en su contra, como a exponer sus argumentos y pruebas de descargo…”
- no cumplió con su deber de asegurar la citación legal del correcurrido en su domicilio real
- III.2. Sobre el ámbito de protección del recurso de hábeas corpus
- Fragmento 16
- III.3.2. El caso que se examina
- III.4. Respecto a la actuación de la Directora del recinto penitenciario
- REVOCAR en parte