Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1280/2006-R
Fecha: 14-Dic-2006
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Por lo anotado, interpone recurso de amparo constitucional contra Fernando Peláez Rendón, Director Nacional de Instrucción y Enseñanza de la Policía Nacional, Miguel Estramadoiro Luján, René Sanabria Oropeza, Carolina Nemtala Kairala y Aparicio Zacari Luna, Presidente, Secretario y Vocales, respectivamente, del Consejo de la ANAPOL, solicitando sea declarado procedente y se disponga su reingreso inmediato a la ANAPOL en la presente gestión, al primer semestre del segundo curso de formación, con calificación de daños y perjuicios en la suma de $us3000.- (tres mil dólares estadounidenses)
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- a)
- denegó
- 1.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 13
- III.2. Jurisprudencia constitucional respecto a casos análogos al presente
- el caballero cadete reprobado en una o dos materias en un semestre tendrá la opción, si es que reprueba el examen de segundo turno (desquite), de repetir la materia en la próxima gestión
- Fragmento 16
- III.3. Análisis de este caso
- Sin embargo,
- el segundo,
- Por consiguiente, se constata una flagrante violación del principio de igualdad,
- III.4. En cuanto a la legitimación pasiva
- 2º CONCEDE