SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1280/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1280/2006-R

Fecha: 14-Dic-2006

III.2. Jurisprudencia constitucional respecto a casos análogos al presente

"En lo referente a ANAPOL, el Sistema aludido (refiriéndose al Sistema Educativo Policial), en su numeral IV - 4.5, expresa que los caballeros cadetes que reprobaren en una o dos materias en un semestre, tendrán una segunda opción repitiendo en la próxima gestión en el semestre en las materias `aprobadas` -aunque se presume la existencia de un error material pues lo lógico es pensar que debió decirse materias `reprobadas`- y, quienes reprobaren en la segunda opción en una materia, o en tres o más materias en un semestre, serán retirados definitivamente del Instituto.

El Reglamento del Sistema Educativo Policial, en su art. 74 establece que los caballeros cadetes que reprobaren en una o dos materias en un semestre, tendrán una segunda opción, y el art. 75 determina que quienes reprobaren en esa segunda opción, en una materia, serán retirados definitivamente del Instituto.