SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1280/2006-R
Fecha: 14-Dic-2006
II.5.
II.5. El 12 de enero de 2006 (fs. 11 a 12 vta.), Gualberto Lafuente Chávez, padre de la recurrente, presentó recurso jerárquico contra la Resolución 069/2005 ante el Director Nacional de Instrucción y Enseñanza de la Policía Nacional, que fue desestimado por Resolución 004/2006, de 27 de enero, emitida por el titular de dicha repartición, al considerar que fue interpuesto fuera de término (fs. 13 a 14).
A raíz de la solicitud de complementación y enmienda del padre de la recurrente (fs. 15 y vta.), a través del Auto de complementación y enmienda de 3 de febrero de 2006 (fs. 16 a 17), el Director Nacional de Instrucción y Enseñanza de la Policía Nacional, ingresando al estudio de fondo del recurso jerárquico, confirmó en todas sus partes la Resolución objetada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- a)
- denegó
- 1.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 13
- III.2. Jurisprudencia constitucional respecto a casos análogos al presente
- el caballero cadete reprobado en una o dos materias en un semestre tendrá la opción, si es que reprueba el examen de segundo turno (desquite), de repetir la materia en la próxima gestión
- Fragmento 16
- III.3. Análisis de este caso
- Sin embargo,
- el segundo,
- Por consiguiente, se constata una flagrante violación del principio de igualdad,
- III.4. En cuanto a la legitimación pasiva
- 2º CONCEDE