SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0217/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0217/2006-R

Fecha: 07-Mar-2006

II.7.

II.7.  Por nota de 2 de diciembre de 2003 (fs. 21) Enrique Cortez Romero, Director de la Carrera de Derecho informó al Rector de la Universidad que el recurrente y otra no cursaron ni vencieron materia alguna de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la UMRPSFXCH; por lo que de conformidad con lo previsto por la Resolución 61/79 artículo 1; Resolución 84/82 punto 5 de su artículo único y artículo 4 de la Resolución 100/85 que señalan “Los Títulos serán extendidos a todos los postulantes que hubiesen cursado por lo menos el último periodo académico de su carrera en esta Casa Superior de Estudios”; no pudieron habilitarse a una modalidad de graduación de programas regulares.