SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0235/2006-R
Fecha: 14-Mar-2006
II.10.
II.10. A través del memorial presentado el 22 de marzo de 2005, la recurrente pidió al Fiscal de turno requiera: se le entregue copia del Reglamento de Designación del Personal Jerárquico y Docente del Sistema de Educación Superior; copia de la Resolución Ministerial de la Escuela de Música María Luisa Luzio que la convierte en Instituto Técnico; copia del plan de estudios del mencionado Instituto desde el nivel básico hasta el nivel superior; si la designación de profesores es tuición de la Dirección Distrital. El Fiscal requirió el 22 de marzo de 2005 porque el Director de la Dirección Distrital de Educación de Oruro disponga que las diferentes instituciones nombradas franqueen las certificaciones solicitadas (fs. 6 y vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de los recurridos
- su nombre es Leoncio Choque Huarachi y no Leonardo Choque
- Miriam Alvarez Arce,
- parcialmente procedente
- a)
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- constituye vulneración de este derecho fundamental cuando no hay respuesta a la petición formulada o cuando su resolución es tardía.
- III.2.
- III.3.
- procedente
- 2º Conceder el recurso respecto a todas las autoridades recurridas,