Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0399/2006-R
Fecha: 25-Abr-2006
II.2.
II.2. Mediante memorial de 15 de octubre de 2004, Gregorio Gardeazabal López solicitó al Fiscal Adjunto la reapertura de la investigación respecto a la denuncia interpuesta por robo de agregados, haciendo conocer que los autores de ese hecho son las empresas FORTI & LEÓN, ahora CONVISA, y CONCORDIA (fs. 15 y vta.), solicitud que fue admitida, disponiéndose la reapertura del proceso penal de referencia (fs. 16).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- dictar el requerimiento de sobreseimiento
- requerimiento conclusivo de sobreseimiento
- por lo que la Resolución que confirmó el sobreseimiento fue dictada fuera de plazo
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- concedio
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1..
- III.2.
- el Juez cautelar pone en conocimiento del encausado la imputación formal,
- que el término de los seis meses previsto para el desarrollo de la etapa preparatoria es un plazo máximo,
- III.3.
- el término de los seis meses previsto para el desarrollo de la etapa preparatoria es un plazo máximo,
- III.4.
- los requerimientos no fueron debidamente fundamentados para determinar el sobreseimiento
- APROBAR