Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0399/2006-R
Fecha: 25-Abr-2006
II.4.
II.4. El 17 de diciembre de 2004, el Fiscal, Daniel Ticona, presentó imputación formal ante el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal (fs. 184 a 187) contra Tito Eduardo Unzueta Zegarra, y Freddy Bareha Vargas, responsables de la Empresa CONCORDIA, por la supuesta comisión de los delitos incursos en los arts. 332 inc. 2), 3) y 4 con relación al art. 326 inc. 5) (robo agravado), 337 (estelionato) del CP (fs. 184 a 187).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- dictar el requerimiento de sobreseimiento
- requerimiento conclusivo de sobreseimiento
- por lo que la Resolución que confirmó el sobreseimiento fue dictada fuera de plazo
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- concedio
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1..
- III.2.
- el Juez cautelar pone en conocimiento del encausado la imputación formal,
- que el término de los seis meses previsto para el desarrollo de la etapa preparatoria es un plazo máximo,
- III.3.
- el término de los seis meses previsto para el desarrollo de la etapa preparatoria es un plazo máximo,
- III.4.
- los requerimientos no fueron debidamente fundamentados para determinar el sobreseimiento
- APROBAR