SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0067/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0067/2006

Fecha: 26-Jul-2006

Fragmento 12

Asimismo, dicha Ley establece que anualmente, el Consejo Nacional del Ministerio Público, elaborará una lista de doce abogados para que conformen la nómina de miembros habilitados para el Tribunal Nacional de Disciplina. La nominación deberá recaer en abogados de reconocido prestigio y ética profesional, que no formen parte del Ministerio Público el Tribunal Nacional de Disciplina se constituirá con tres miembros elegidos de la nómina por sorteo (art. 102 de la LOMP).