SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0218/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0218/2007-R

Fecha: 02-Abr-2007

III.3

III.3  Realizadas las precisiones anteriores, es menester referir que existe una profusa jurisprudencia en relación a supuestos como los que motivan este análisis, teniendo, entre otras, las SSCC 0945/2002-R, 0984/2002-R, 1140/2003-R, que expresaron que: "…aún en el caso de falta injustificada o abandono de funciones, deberá instaurarse proceso administrativo para demostrar tal extremo, con el fin de que se respete el derecho de la persona a ser oída antes de recibir una sanción, lo que no ha ocurrido en el presente caso" ; lo que fue reiterado en las SSCC 1302/2004-R y 493/2006-R (las negrillas son nuestras).