SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0229/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0229/2007-R

Fecha: 10-Abr-2007

i)

El recurrente solicita la tutela de sus derechos a la igualdad, a la seguridad jurídica y al debido proceso, pues: i) La Fiscal recurrida no obstante estar inmersa en la causal de excusa prevista en el art. 72.1 de la LOMP al ser cuñada del defensor del imputado, no formuló su excusa y no hizo conocer su impedimento oportunamente al superior conforme el art. 74 de la LOMP, incurriendo en una falta muy grave, por lo que se establece que en sus actuaciones no existió objetividad e imparcialidad; ii) Decretó el sobreseimiento del imputado, en base a una valoración defectuosa de las pruebas de descargo, sin efectuar una valoración de las pruebas de cargo y circunstancias relativas a las mismas, como si no se hubiera producido de su parte medios probatorios; además, no efectuó una valoración elemental y lógica de las circunstancias ocurridas, confundiendo sus funciones al limitarse a valorar y considerar los medios probatorios ofertados por las partes, sin tomar en cuenta que la denuncia estaba referida a delitos de acción pública por lo que era responsable de las investigaciones; iii) El Fiscal recurrido al ratificar el sobreseimiento incurrió en las mismas circunstancias erróneas de la Fiscal inferior, limitándose a reiterar los fundamentos de la Resolución, sin efectuar una revisión de los extremos y fundamentos de la impugnación. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.