SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0246/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0246/2007-R

Fecha: 10-Abr-2007

7.

7. Se observa que el mandamiento hubiera sido ejecutado por el COA, cuando sus miembros son policías, encargados de  ejecutar los mandamientos.  El art. 430 del CPP establece, en su segunda parte, que si el condenado se halla en libertad se ordenará su captura, y es eso lo que se ha hecho, se ha emitido el mandamiento de condena y, posteriormente, el de aprehensión, con facultad de allanamiento para poderlo capturar, sin que exista violación a las normas de ejecución penal.