SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0246/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0246/2007-R

Fecha: 10-Abr-2007

Juezas técnicas del Tribunal de Sentencia de Yacuiba

En el caso analizado, el recurso de hábeas corpus interpuesto por el recurrente contra  Angélica Villagomez y Dialina Maráz Fernández, Juezas técnicas del Tribunal de Sentencia de Yacuiba, fue interpuesto ante la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz.  Por Auto de 23 de febrero de 2007, la Sala Penal Tercera de esa Corte Superior pronunció la Resolución 13/2007, por la cual, en virtud a los arts. 18.I de la CPE, 89 de la LTC,  35 de la LOJ, y de la “SC 1382/2002-R”, declinaron competencia al existir un juzgado competente en Yacuiba o en la jurisdicción más próxima de la provincia del Gran Chaco del departamento de Tarija.

En virtud a esa Resolución, la Corte Superior de Tarija remitió antecedentes ante el Juzgado de Partido de turno de la ciudad de Yacuiba; consecuentemente, se constata que las autoridades judiciales antes nombradas actuaron conforme a las normas legales antes referidas y a la jurisprudencia constitucional sobre la competencia territorial en los recursos constitucionales, no pudiendo el recurrente atribuir la demora en la tramitación del recurso a esas autoridades, toda vez que debió presentar el recurso ante los jueces competentes, conforme a la jurisprudencia glosada precedentemente.