Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0287/2007-R
Fecha: 19-Abr-2007
II.3.
II.3. El 10 de enero de 2007 (fs. 19 a 20), se recibió la declaración de José René García Vásquez, quien no individualizó a los recurrentes como presuntos responsables, sino a otras personas como David y Alex Plata y Maritza Paredes. El mismo día (fs. 10), en base a las datos proporcionados por Faustina Sacaca Mamani, se elaboró un retrato hablado, disponiendo la Fiscal recurrida por providencia de 11 de enero de 2007 (fs. 11), el reconocimiento por fotografía por la testigo, quien en la diligencia de 12 de enero de 2007 (fs. 12 a 13), identificó a los recurrentes.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- i)
- III.1.
- Cuando el imputado no pueda ser habido, se podrá utilizar fotografías u otros medios para su reconocimiento, observando las mismas reglas.
- III.2.
- a)
- III.3.
- Fragmento 23
- III.4.
- REVOCAR