Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0361/2007-R
Fecha: 10-May-2007
I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
A solicitud de la Magistrada Relatora por requerir de documentación complementaria para un mejor análisis y resolución del recurso, la Comisión de Admisión de este Tribunal, mediante AC 102/2007-CA de 28 de febrero (fs. 160 a 161), solicitó al Tribunal de amparo remita la documentación allí detallada, disponiéndose la suspensión del plazo. Recibida la documentación solicitada, por decreto constitucional de 10 de abril de 2007, se reanudó el cómputo del plazo. Haciendo constar que por AJ 49/2007 de 2 de mayo, se amplió el plazo para el pronunciamiento de las resoluciones constitucionales. Por lo que la presente Sentencia se encuentra dentro del término legalmente establecido.
- recurso de amparo constitucional
- el Presidente del Concejo Municipal y el Presidente del Comité de Vigilancia del mismo
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- i)
- improcedencia
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- del acta de la sesión extraordinaria 07 del Concejo Municipal de Viacha,
- la supuesta renuncia no fue fruto de la voluntad espontánea y libre de la demandante
- , habiéndose lesionado los derechos a la dignidad y al trabajo
- y hora
- III.5.
- III.6.
- III.7.