SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0361/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0361/2007-R

Fecha: 10-May-2007

II.6.

II.6.  El 20 de octubre de 2005,  la recurrente respondió al  Concejo Municipal que le pasó la nota  CMV/0828/2005 de 18 de octubre en la que le comunican que su renuncia fue aceptada y que debe devolver la documentación y oficina a su cargo, refiriendo que su renuncia fue forzada y que nunca renunció ante la Corte Electoral y que por tanto seguía en ejercicio de su cargo de Concejala (fs. 22 a 23). A fs. 132 cursa el informe del Asesor Legal del Concejo Municipal de Viacha en la que señala que no es viable reconsiderar la aceptación de renuncia debido a que existen hechos contrarios a la ley cuya investigación no es atribución del Concejo Municipal.