Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0361/2007-R
Fecha: 10-May-2007
II.3.
II.3. El 12 de octubre de 2005, Nely Eugenia Cabas Condori de Cantuta se apersonó ante la Corte Departamental Electoral, Sala Provincial, y solicitó se rechace la supuesta renuncia de su persona y otro, lograda bajo presiones psicológicas y amenazas de mal trato físico y muerte que se prolongaron hasta horas de la madrugada del 11 de octubre de 2006 ( fs. 15 a 17), no consta en obrados respuesta alguna a tal petitorio.
- recurso de amparo constitucional
- el Presidente del Concejo Municipal y el Presidente del Comité de Vigilancia del mismo
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- i)
- improcedencia
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- del acta de la sesión extraordinaria 07 del Concejo Municipal de Viacha,
- la supuesta renuncia no fue fruto de la voluntad espontánea y libre de la demandante
- , habiéndose lesionado los derechos a la dignidad y al trabajo
- y hora
- III.5.
- III.6.
- III.7.