SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0560/2007-R
Fecha: 03-Jul-2007
II.3.
II.3. De acuerdo a la entrevista policial prestada por Fortunato Roque LLaveta, él y su hijo fueron sacados de su domicilio el día jueves 15 de marzo de 2007 por los comunarios Julián Llaveta, Segundino Llaveta, Martín Garnica, Jacinto Zárate y Santos Vargas. Luego fueron encerrados en un cuarto, con las manos y los pies amarrados, hasta el 19 de marzo de 2007, tiempo en el cual la comunidad hacía actas y resoluciones porque supuestamente su hijo había golpeado a la “Sra. Nicolasa”. Ese día, sacaron a su hijo con una pita gruesa amarrada al cuello, quedándose el encerrado, por lo que no pudo ver cómo lo hicieron llegar al cementerio, ni quiénes lo enterraron. Cuando regresaron del cementerio, lo desamarraron y llevaron al salón de reunión, haciéndole firmar el acta a hrs. 21:00 (fs. 7).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridasLa Vocal recurrida, Elena Lowenthal de Padilla,
- El Vocal correcurrido, Oswaldo Fong Roca,
- 3.
- 4.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- 1.
- II.8.
- II.9.
- b)
- c)
- e)
- f)
- III.1. Sobre las solicitudes de detención preventiva que efectúan los fiscales y su efecto en la Resolución judicial
- independientemente de que hubiese estado o no efectuada con una debida fundamentación que la justifique y sustente, no fue determinante para que el Juez disponga la detención preventiva del imputado
- III.2. La fundamentación de las resoluciones sobre medidas cautelares.
- precisando los elementos de convicción que le permiten concluir en la necesidad de revocar las medidas sustitutivas y aplicar la detención preventiva; a cuyo efecto debe también justificar la concurrencia de los presupuestos jurídicos exigidos por el art. 233 del CPP
- Fragmento 25
- III.3. Sobre la valoración de la prueba
- Fragmento 27
- Fragmento 28
- III.4.1. La supuesta falta de individualización en la Resolución impugnada
- en principio
- III.4.2. Sobre la valoración defectuosa de la prueba
- a)
- III.4.3. Con relación a la supuesta contravención del art. 398 del CPP.
- los aspectos cuestionados de la Resolución,
- no fue un argumento para disponer la detención preventiva
- III.4.5. Sobre la inexistencia de pedido fundamentado del fiscal.
- 1. REVOCAR