SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0560/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0560/2007-R

Fecha: 03-Jul-2007

no fue un argumento para disponer la detención preventiva

Sobre el particular, corresponde señalar que ese es un aspecto que no está directamente vinculado a la libertad de los recurrentes, ya que lo aseverado por los Vocales recurridos, en sentido que la actuación del Juez en la audiencia de medidas cautelares, en la que de oficio interrogó y consultó a los imputados si estaban de acuerdo con la medida de detención preventiva, no es admisible porque desnaturaliza la esencia y fin de la audiencia, donde el juzgador debe decidir sin presión ni sugerencia alguna; no fue un argumento para disponer la detención preventiva de los recurrentes, sino una reflexión realizada por el Tribunal de alzada con relación a la conducta del Juez aquo.