SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0560/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0560/2007-R

Fecha: 03-Jul-2007

los aspectos cuestionados de la Resolución,

Ahora bien, la limitación a que se refiere el art. 398 del CPP está referida a los aspectos cuestionados de la Resolución, que en el caso analizado estaban referidos a los supuestos de fuga y de obstaculización de la verdad; toda vez que el fiscal señaló que los imputados, luego de cometer el hecho, prohibieron al denunciante y sus parientes a ocurrir ante las instancias legales, y que actualmente están realizando amenazas de aplicárseles una multa comunal a las personas que testifiquen contra sus dirigentes, que son los imputados; aspectos que si bien fueron encuadrados en el art. 235 incs. 2) y 5) del CPP por el Fiscal de Materia, no es menos cierto que los Vocales recurridos, analizando los mismos aspectos cuestionados, concluyeron que también se presentó la circunstancia prevista en el art. 235 inc. 1) del CPP, sin que ello implique que los recurridos se hubieran apartado de los aspectos impugnados, ya que en base a ellos emitieron la resolución que ahora se cuestiona, maxime si, como lo ha establecido la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en la SC 1401/2005-R, glosada en el Fundamento Jurídico III.1., el sistema procesal penal le otorga al juez, y en su caso a los vocales, facultades para que pueda efectuar una valoración de los elementos concurrentes al caso concreto y si los mismos se adecuan a los requisitos exigidos para imponer una u otra medida cautelar, por tanto, tampoco es posible otorgar la protección que brinda el hábeas corpus, respecto a esta denuncia.