SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0560/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0560/2007-R

Fecha: 03-Jul-2007

III.4.5. Sobre la inexistencia de pedido fundamentado del fiscal.

Sin embargo, de acuerdo a la jurisprudencia glosada en el Fundamento Jurídico III.1, la solicitud de detención preventiva no vincula al Juez, y en este caso a los Vocales recurridos, a que tengan que regirse, en forma determinante, por el contenido de su petición.  En ese sentido, con independencia de que el requerimiento hubiera estado o no fundamentado, el mismo no es determinante para que los vocales dispongan la detención preventiva de los imputados.

            En ese ámbito, la existencia o inexistencia de fundamentación no puede ser un parámetro para  determinar la aplicación de la detención preventiva u otra medida cautelar, pues la imposición de esas medidas es, en definitiva una decisión jurisdiccional, que deberá ser asumida previo análisis de los elementos de convicción existentes sobre los presupuestos previstos en el art. 233 del CPP.