SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0598/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0598/2007-R

Fecha: 12-Jul-2007

Fragmento 19

            Consecuentemente, en la especie, la autoridad judicial recurrida, al haber rechazado la solicitud de ser ella la que haga comparecer al nuevo representante legal de la empresa indicado por el recurrente, ha incurrido en un acto ilegal que se encuentra íntimamente vinculado con su derecho a la libertad, por cuanto no podía emitir mandamiento de apremio alguno en tanto no quede claramente establecido y definido en quién debían recaer las contingencias de la ejecución de la Sentencia dictada en el proceso, dado que el recurrente hizo conocer que él ya no investía dicha calidad y en cumplimiento a lo dispuesto en la SC 1649/2005-R, había señalado al nuevo representante legal, por lo que correspondía a la autoridad judicial ordenar que este último sea convocado al proceso y resolver en definitiva si el actor debía ser excluido o no del proceso.