SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0598/2007-R
Fecha: 12-Jul-2007
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
A solicitud del Magistrado Relator por requerir de documentación complementaria para un mejor análisis y resolución del recurso, la Comisión de Admisión de este Tribunal, mediante AC 287/2007-CA de 8 de junio (fs. 40 a 41), dispuso que la Jueza recurrida remita fotocopias legalizadas de los antecedentes referidos a la ejecución de sentencia, dentro del proceso social seguido por Guillermo Farwing Guillén contra la empresa “BOL-ART S.A.” que dieron lugar a la interposición del presente recurso, disponiéndose la suspensión del plazo. Recibida la documentación solicitada, por decreto de 20 de junio de 2007 (fs. 127) se reanudó el cómputo del plazo, siendo la nueva fecha de vencimiento el 13 de julio de 2007, por lo que la presente Sentencia se encuentra dentro del término legalmente establecido.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- “concediendo”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 14
- debe ser emitido contra el representante o representantes legales que asumieron defensa por esa persona, salvo que en ejecución de sentencia se presente otro personero legal, cuya personería sea aceptada o admitida por el Juez de la causa,
- III.2.
- a partir de la providencia de dicha aceptación, es que el nuevo representante podrá asumir la representación en el juicio y hacerse responsable tanto de las obligaciones como de los derechos que pudieran emerger de la causa
- III.3.
- Fragmento 19
- III.4.
- “concedido”
- APROBAR