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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0710/2007-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0710/2007-R

    Fecha: 15-Ago-2007

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    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.1.
    • I.2.2  Informe de las autoridades recurridas
    • 1.
    • Fragmento 7
    • I.2.3.
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.11.
    • a)
    • III.1. La subsidiariedad excepcional del hábeas corpus y las denuncias de aprehensión ilegal
    • sin necesidad de agotar el recurso de apelación incidental previsto en el art. 251 del CPP
    • III.2. La exigencia  de probar las afirmaciones contenidas en el recurso de hábeas corpus
    • acompañar la prueba suficiente y necesaria que acredite la veracidad de las acusaciones que formula
    • III.3.   Sobre la legitimación pasiva en los recursos de hábeas corpus
    • III.4. La facultad de aprehensión otorgada por el art. 226 del CPP al fiscal
    • persona aprehendida por particulares,
    • El Comandante de la Policía Nacional
    • mínimo legal sea igual o superior a dos años
    • - Juez Primero de Instrucción en lo Penal
    • 1.    APROBAR en parte

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