SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0710/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0710/2007-R

Fecha: 15-Ago-2007

I.2.3.

I.2.3. ResoluciónLa Resolución 14/07 de 15 de junio de 2007 (fs. 128 a 130), declaró improcedente el recurso de hábeas corpus, argumentando que no hubo detención indebida ni vulneración al derecho a la libertad del recurrente, ya que se siguieron los plazos procesales, y la medida impuesta por el Juez Primero de Instrucción en lo Penal cautelar de El Alto no causa estado conforme al art. 250 del CPP, siendo modificable o revocable aún de oficio, o sea que el recurrente “puede solicitarla nuevamente para asumir defensa en libertad”; al respecto, el Tribunal Constitucional en la SC 0160/2005-R de 23 de febrero establece que el recurso de hábeas corpus únicamente puede ser activado cuando no existan otros medios de defensa en el ordenamiento común para reparar de manera pronta y eficaz el derecho a la libertad ilegalmente restringido, no siendo en consecuencia viable la vía constitucional para la procedencia del presente recurso.