SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0768/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0768/2007-R

Fecha: 27-Sep-2007

II.12.

II.12.De acuerdo al Informe Legal LS/l053/Y06 de 26 de mayo de 2006, elaborado por el Gerente de Servicios Legales de la Contraloría General de la República, Santa Cruz, a solicitud del Director de Servicios Legales Integrales del Gobierno Municipal de Cotoca, la única actividad compatible remunerada permitida a los Concejales Municipales es la docencia; que en el caso consultado, referido a los Concejales Municipales, no son aplicables los parágrafos II y IV del art. 11 del Estatuto del Funcionario Público, y que de acuerdo al art. 26 de la LM, cuando un Concejal desempeña otra función pública que no sea la docencia, implica renuncia tácita al cargo de concejal (fs. 40).