Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0768/2007-R
Fecha: 27-Sep-2007
II.5.
II.5. Por memorial presentado mediante Notario de Fe Pública el lunes 23 de enero de 2006, en el domicilio del Secretario del Concejo Municipal de Cotoca, el Alcalde Municipal de Cotoca solicitó a la Presidente y miembros del Concejo Municipal de Cotoca se proceda a la apertura de proceso administrativo interno y se dicte resolución de suspensión definitiva contra Ana María Vaca Salvador (fs. 16 a 17).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1.
- a)
- b)
- d)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III.1. Sobre la Resolución que declaró la improcedencia de la denuncia efectuada por el recurrente.
- es preciso que exista una relación de causalidad entre el hecho que sirve de fundamento y la lesión causada al derecho o garantía
- ninguna relación de causalidad entre el hecho denunciado
- directo
- III.2. Sobre la demora en la respuesta de la solicitud de reconsideración
- se haya exigido la respuesta
- III.3. Sobre las irregularidades en la tramitación de la denuncia y su relevancia constitucional
- una vez conocido el hecho
- “denegado”
- APROBAR