SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1876/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1876/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.5.

II.5.  En la sesión ordinaria de 28 de enero de 2008, el Concejo Municipal consideró el pedido de reincorporación del recurrente de 14 de ese mes y año, determinando rechazarlo en aplicación del art. 26 de la LM -ahora derogado-, que establece que el ejercicio del cargo de concejal es incompatible con cualquier otro cargo público y que su aceptación importa su renuncia tácita (fs. 24 a 25); emitiéndose la Resolución Municipal 02/2008, firmada por las autoridades recurridas como miembros del Concejo Municipal de Anzaldo, rechazando la solicitud de reincorporación del recurrente a dicho ente, ratificando su similar 027/2007 (fs. 7).