SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2048/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2048/2010-R

Fecha: 10-Nov-2010

b)

b) Ante las solicitudes referidas, en cumplimiento del art. 16 de la CPEabrg, concordante con el art. 61 de la LOMP, por Resolución de 14 de enero de 2008, señaló que por mandato del art. 118.I.6a de la CPEabrg, los  Vocales se encuentran dentro del procesamiento reconocido como privilegio constitucional, conforme al art. 393 de “CPC” (sic), y se hacía valedera la afirmación que sólo el Fiscal General tiene facultad para procesarlos; empero, el art. 40 de la LOMP, no le faculta a disponer la suspensión de una investigación, pues ésta sólo puede ser ordenada por el juez cautelar, y en el caso, los peticionantes tramitaron el cese del proceso por inhibitoria de competencia ante la Corte Suprema de Justicia, encontrándose en trámite, solicitud que tuvo la adhesión del Fiscal General. De igual manera fundamentó en sentido que las lesiones cometidas por el Fiscal Mollinedo, debían ser corregidas por la vía constitucional, y que no era válido suspender el proceso, ya que ello debía ser solicitado a la Corte Suprema que actúa como juez cautelar. En ese sentido, respondió en forma plena y motivada las peticiones de los recurrentes, satisfaciendo el derecho de petición.