SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2117/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2117/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

II.5.

II.5.  El 29 de agosto de 2007, la Encargada de Negocios a.i. de la Embajada de Bolivia, comunicó al Presidente del INPI, Mario Roberto Aramburu, que su Embajada tomó conocimiento que Genaro Pedro Chinche Machaca de nacionalidad boliviana, registró a título personal en la INPI, de la ciudad de Buenos Aires, la Morenada Central Cocani, con número 40-D-54 2746729 y la Morenada Central Socavón Oruro 40-D-54-2746730; señalando que tales expresiones culturales de la República de Bolivia, pertenecen al patrimonio nacional de Bolivia, al estar inscrita y registrada en la UNESCO como Obra Maestra del Patrimonio Oral e Intangible de la Humanidad, por lo que no puede ser propiedad de los individuos ni de instituciones privadas, más aún si la misma carece de respaldo oficial; solicitando en consecuencia que dicha acción sea revertida de manera inmediata y se abstenga de homologar la patente y evitar la consolidación de la misma por un acto ilegal (fs. 36).